LA SEGURIDAD EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS
- edwincubas05
- 17 oct 2017
- 2 Min. de lectura
Por Decreto supremo N° 011-2006-Vivienda, de fecha 5 de mayo del 2006, se aprueban 66
Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificación (RNE), comprendidas en el índice aprobado mediante Decreto supremo N° 015-2004-Vivienda, en la que se incluye la norma G-050 Seguridad durante la construcción, actualizada mediante Decreto supremo N° 010-2009- Vivienda del 09 de mayo del 2009.
Toda obra de construcción debe contar con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST) que contenga los mecanismos técnicos y administrativos necesarios para garantizar la integridad física y salud de los trabajadores y de terceras personas, durante la ejecución de las actividades previstas en el contrato de obra y trabajos adicionales que se deriven del contrato principal.
El Plan de Prevención de Riesgos debe de integrarse al proceso de construcción de la obra, desde la concepción del presupuesto, el cual debe incluir una partida específica denominada "Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo" en la que se estime los costos de implementación de los mecanismos técnicos y administrativos contenidos en el plan.
El Jefe de Obra o Residente de Obra es responsable de que se implemente el PSST, antes del inicio de los trabajos contratados, así como garantizar su cumplimiento en todas las etapas de ejecución de la obra. En toda obra los contratistas y subcontratistas deben cumplir los
lineamientos del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo del contratista titular y tomarlo como base para elaborar sus planes específicos para los trabajos que tengan asignados en la Obra. El PSST deberá contener como mínimo los puntos establecidos en la norma G-050, que estoy comentando.
Asimismo, la norma G-050 incluye las siguientes normas específicas que se deben de cumplir y que a continuación detallo:
1. Investigación y reporte de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
2. Estadística de accidentes y enfermedades ocupacionales.
3. Calificación de empresas contratistas
4. Equipo de protección personal
5. Protecciones colectivas
6. Orden y limpieza
7. Gestión de residuos

8. Herramientas manuales y equipos portátiles
9. Trabajos en espacios confinados
10. Almacenamiento y manipuleo de materiales
11. Protección de trabajos con riesgo de caídas
12. Uso de andamios
13. Manejo y movimiento de cargas
14. Excavaciones
15. Protección contra incendios
16. Trabajos de demolición.
Ahora podemos preguntarnos lo siguiente: ¿Quiénes son los responsables del cumplimiento de la Norma G-050?
La respuesta es:
1. El Ministerio de Trabajo y Promoción Social, Ley N° 28806 Ley General de Inspección del Trabajo y su reglamento, así como sus normas modificatorias.
2. El empleador a quien asuma el contrato principal de la obra, quien debe aplicar lo estipulado en el artículo N° 61 del Decreto Supremo N° 009-2005-TR y sus normas modificatorias.
3. Las Municipalidades Provinciales, Municipalidad Metropolitana de Lima y Distritales.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos93/industria-construccion-peru/industria-construccion-peru.shtml#ixzz4vkC1v3OD
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